Imagen ilustrativa tomada de argentinainvestiga.edu.ar

Denisse Brauer

Ciudad de México.- Con 72 votos a favor, 1 voto en contra del senador panista José María Martínez Martínez, y 0 abstenciones el Pleno del Senado de la República aprobó el dictamen elaborado por las comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos que adiciona los artículos 61 Ter y 462 Ter de la Ley General de Salud por el que se regula la gestación subrogada.

El dictamen señala que la gestación subrogada se entenderá por la práctica médica consistente en la transferencia de óvulos humanos fecundados en una mujer, producto de un espermatozoide y un óvulo de terceras personas; y determina que se realizará “sin fines de lucro”, habiendo un acuerdo entre las dos partes, permitiendo la compensación de gastos médicos y otros derivados del embarazo, parto, post-parto y puerperio.

Además, la Secretaría de Salud regulará la gestación subrogada en las disposiciones jurídicas correspondientes; y estará permitida únicamente bajo estricta indicación médica, entre nacionales y sin fines de lucro, en los términos de esta Ley.

Establece que se impondrán de 6 a 17 años de prisión, y multa por el equivalente de ocho mil a diecisiete mil veces la unidad de medida y actualización a quien: obtenga el consentimiento de una mujer mediante el pago de una contraprestación, el uso de cualquier tipo de violencia, o aprovechándose de una situación de pobreza o ignorancia, para que se transfieran uno o más embriones a su útero y después del nacimiento, renuncie a los derechos y deberes que derivan de su maternidad, para entregar al o los menores a los contratantes o terceras personas.

También a quien mediante gestación subrogada transfiera uno o más embriones al útero de una mujer que se haya sometido a dos embarazos previos por la misma técnica; al que realice este procedimiento para entregar al o los hijos resultantes a una persona de nacionalidad distinta a la mexicana; a quien promueva, favorezca, facilite, publicite o realice procedimientos de gestación subrogada con fines de lucro.

Así como al contratante que omita cubrir los gastos de atención médica de la mujer gestante, derivados del procedimiento de gestación subrogada, incluyendo las etapas post-parto y puerperio; y al contratante que abandone al o los menores resultantes del mencionado procedimiento; privándolo además de la patria potestad, y a quienes promuevan, favorezcan, faciliten o publiciten la práctica de la gestación subrogada cuando sea ilícita.

Si intervinieran profesionales, técnicos o auxiliares de las disciplinas para la salud, se les aplicará, además suspensión de cinco a ocho años en el ejercicio profesional, técnico o auxiliar y hasta seis años más, en caso de reincidencia.

En tribuna, la senadora Martha Tagle García dijo que la gestación subrogada es una alternativa para acceder a la paternidad, y esta reforma representa un paso que da garantías a las parejas que la utilizan. Sin embargo señaló que aún existen pendientes y se tiene que seguir trabajando para que sea un derecho para todos, incluyendo a las parejas homoparentales.

El dictamen fue remitido a la Cámara de Diputados para su análisis y eventual aprobación.

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