El cómputo de votos de la elección de Cosoleacaque se realiza en Xalapa.

Xalapa, Ver.- El cómputo distrital de la elección de Diputado por el principio de mayoría relativa y representación proporcional del Distrito 26 con sede en Cosoleacaque se realiza a puerta cerrada en las oficinas del OPLE en la calle de Clavijero número 188, en el centro de Xalapa.

Desde la mañana de este miércoles el Consejo General del OPLE Veracruz (OPLE) encabeza el procedimiento que aplica este órgano colegiado en el conteo de votos de la elección mencionada luego de que se confirmó que no existían las condiciones necesarias para dicha actividad.

En tanto, y luego de que así lo aprobara el Consejo General del OPLE, se determinó la nueva integración del Consejo Distrital de Cosoleacaque, el cual quedará conformado de la siguiente manera: Consejera Presidenta: Gladys Jazmín Marcial Mayo, Consejeros Electorales: Mariela Ronquillo Meregildo, Jorge Luis Cruz Martínez, Belén Martínez Ramírez y Omar Aurelio Luria; Secretaria: Fabiola Reyes Alfonso, Vocal de Capacitación: Marina Armas Olán y Vocal de Organización: Eleuterio Torres Ibarra.

En la sesión permanente se encuentran presentes el presidente del Consejo General, Alejandro Bonilla Bonilla, así como los consejeros electorales: Tania Celina Vásquez Muñoz, Eva Barrientos Zepeda, Juan Manuel Vázquez Barajas, Julia Hernández García, Jorge Alberto Hernández y Hernández, e Iván Tenorio Hernández y, como Secretario Ejecutivo, Hugo Enrique Castro Bernabe.

Asimismo, aprobó que la sede de este Consejo General sea, exclusivamente para efectos de realizar el cómputo distrital antes señalado, en la calle Clavijero número 188 de esta ciudad.

En su momento el Ople dio a conocer el procedimiento para el cómputo distrital de la elección de Diputado del Distrito 26 de Cosoleacaque aprobado por el Consejo General, será el siguiente:

1. Declaración de inicio de sesión de cómputo distrital por el Consejo General, conforme al título cuarto de los “Lineamientos para los cómputos distritales y de entidad federativa” aprobados en el acuerdo A119/0PLEIVER/CG/02-05-16, relativo a la instalación de sesión permanente.

2. Captura pública, durante la sesión permanente de cómputo, en un archivo electrónico del programa informático de Excel, de las Actas de Escrutinio y Cómputo originales extraídas de los paquetes electorales que no fueron objeto de recuento en el Consejo Distrital.

3. Captura pública durante la sesión permanente de cómputo, en el mismo archivo electrónico del programa informático Excel señalado en el numeral anterior, de las Constancias individuales de casilla de los paquetes electorales recontados por el Consejo Distrital.

4. Determinar, en su caso, la procedencia de recuento total, conforme al artículo 233 del Código Electoral del Estado de Veracruz, en términos del capítulo décimo del título quinto de los “Lineamientos para los cómputos distritales y de entidad federativa” aprobados en el acuerdo A119/0PLE/VER/CG/02-05-16.

5. Aplicación, en su caso, de la fórmula y mecanismos de recuento previstos en el artículo 21 de los “Lineamientos para los cómputos distritales y de entidad federativa” aprobados en el acuerdo A119/0PLE/VER/CG/02-05-16.

6. Integración, en su caso, de grupos de trabajo y puntos de recuento, conforme al capítulo primero del título tercero de los “Lineamientos para los cómputos distritales y de entidad federativa” aprobados en el acuerdo A 119/0PLE/VER/CG/02-05-16, relativo al cotejo de actas y recuento en grupos de trabajo.

7. Captura, en su caso, de las Constancias individuales de casilla de los paquetes ordenados a recuento por este Consejo General.

8. En su caso, la valoración de los votos reservados se realizará por el pleno del Consejo General considerando el “Cuadernillo de consulta para votos válidos y votos nulos para el desarrollo de la sesión especial de cómputos distritales”, aprobado en el Acuerdo A145/0PLE/VER/CG/20-05-16.

9. La emisión de resultados se sujetarán al título Sexto de los “Lineamientos para los cómputos distritales y de entidad federativa” aprobados en el acuerdo A119/0PLE/VER/CG/02-05-16.

 

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